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Es una conversación incómoda, lo sé. Pero después de acompañar a varios clientes en procesos de herencia que se complicaron innecesariamente, prefiero que tengas esta información clara desde antes, mientras todavía puedes tomar decisiones al respecto. Vamos a hablar de qué pasa realmente con tu propiedad en Punta Cana si algún día falleces sin haber dejado un testamento.
República Dominicana aplica el principio de territorialidad para los bienes inmuebles: cualquier propiedad ubicada en territorio dominicano se rige por las leyes locales, independientemente de tu nacionalidad o la de tus herederos. Esto significa que, aunque seas española o colombiana, tu propiedad en Punta Cana se heredará según el Código Civil dominicano, no según las leyes de sucesión de tu país de origen.
En República Dominicana, la mayoría de las sucesiones se tramitan bajo este régimen, ya sea por falta de planificación o porque se confía en que el mecanismo legal predeterminado será justo. El Código Civil, en sus artículos 731 y siguientes, establece un orden preestablecido de herederos:
✔ Primero, los descendientes: hijos y nietos del fallecido. ✔ Luego, los ascendientes: padres y abuelos. ✔ Después, los colaterales: hermanos, sobrinos, tíos y primos. ✔ Finalmente, el cónyuge supérstite.
Un dato que sorprende (y preocupa) a muchos de mis clientes extranjeros: en República Dominicana, a diferencia de lo que ocurre en Estados Unidos, Canadá o España, el cónyuge sobreviviente NO hereda automáticamente la mayoría de los bienes. Si existen otros herederos (hijos, padres), el cónyuge generalmente solo recibe un usufructo, es decir, el derecho a usar y disfrutar la propiedad de por vida, pero no la propiedad plena. Solo si no existen otros herederos, el cónyuge puede recibir la propiedad en pleno dominio.
✔ Si estás en una relación de pareja sin matrimonio formal, tu pareja no tiene derechos automáticos de herencia bajo la sucesión intestada dominicana, sin importar cuántos años lleven juntos. ✔ Si tienes hijos de más de una relación, todos ellos tienen los mismos derechos hereditarios ante la ley dominicana, sin distinción, lo cual puede generar dinámicas familiares complejas si no se planifica con anticipación. ✔ Si tu intención es que tu pareja o alguien fuera del orden legal de herederos reciba tu propiedad, la sucesión intestada definitivamente no logrará ese resultado; necesitas un testamento válido para expresarlo.
Es importante saber que, incluso con testamento, la legislación dominicana limita tu libertad total de disposición mediante el principio de la herencia forzosa: una parte del patrimonio queda reservada obligatoriamente para tus hijos y demás descendientes directos, y esto no puede anularse por testamento. Solo la porción de libre disposición puede asignarse según tu voluntad, ya sea a tu cónyuge, pareja, otro familiar o incluso un tercero.
✔ Debe presentarse una declaración sucesoral ante la DGII, junto con la determinación de herederos mediante acto notarial. ✔ Los herederos deben pagar el impuesto sucesoral, del 3% sobre el valor total de la herencia. ✔ Este proceso debe iniciarse dentro de los 30 días posteriores al fallecimiento; de no cumplirse, se generan multas por atraso (aunque es posible solicitar prórroga en ciertos casos). ✔ Existe un plazo de prescripción de 20 años para reclamar una herencia en RD, lo cual es relevante si algún heredero potencial tarda en iniciar el proceso.
Si tus herederos no residen en RD, necesitarán: acta de defunción apostillada, documentos de identidad, prueba de parentesco, inventario de bienes, y posiblemente un poder de representación si no pueden estar presentes físicamente durante el proceso. Todo documento extranjero debe estar apostillado y traducido oficialmente al español.
Si tu situación familiar no encaja perfectamente en el orden legal predeterminado (pareja sin matrimonio formal, hijos de distintas relaciones, deseo de dejar tu propiedad a alguien específico), un testamento válido, redactado con acompañamiento legal tanto en RD como en tu país de origen, es la única forma de asegurar que tu propiedad en Punta Cana se distribuya según tu verdadera voluntad, dentro de los límites que la ley dominicana permite.
Si quieres que te conecte con un abogado especializado en sucesiones para planificar el futuro de tu propiedad en Punta Cana, escríbeme. Soy Yolanda Landínez y prefiero que mis clientes tomen estas decisiones con información clara, no bajo presión en un momento difícil: escríbeme por WhatsApp.
Este contenido es informativo y se basa en el Código Civil dominicano vigente al momento de su publicación. No sustituye la asesoría de un abogado especializado en derecho sucesoral, quien debe evaluar tu situación familiar y patrimonial específica.