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"¿Tengo que viajar a Punta Cana para firmar la compra?" No, y quiero explicarte con claridad cómo funciona el proceso desde Colombia, porque entender esto de antemano te va a quitar una preocupación completamente innecesaria del camino.
Un poder notarial te permite autorizar a otra persona de tu confianza, generalmente tu abogado en República Dominicana, para actuar en tu nombre en todo lo relacionado con tu compra: firmar el contrato de venta, gestionar el registro de la escritura ante el Registro de Títulos, y coordinar los pasos administrativos que exige el cierre.
Para este tipo de operación, recomiendo siempre un poder especial, limitado exclusivamente a los actos necesarios para tu compra puntual, en lugar de un poder general con facultades amplias y menos delimitadas.
Opción 1: a través del Consulado de República Dominicana en Colombia. Esta suele ser la vía más directa, ya que el documento se redacta desde el inicio conforme a la ley dominicana, lo cual evita algunos pasos adicionales de reconocimiento internacional que sí aplicarían si lo haces por otra vía. Los requisitos generales incluyen tu documento de identidad vigente, la descripción precisa de las facultades que otorgas, y los datos completos de tu apoderado, además de un testigo.
Opción 2: ante notario colombiano, con apostilla. Colombia forma parte del Convenio de La Haya, al igual que República Dominicana, así que un poder otorgado ante notario colombiano puede legalizarse mediante Apostilla para tener validez en RD. Un punto importante que debes conocer: en Colombia, si en algún momento necesitas un poder general (facultades amplias, no limitadas a un solo acto), la normativa colombiana establece que el único método válido para otorgarlo desde el extranjero es mediante escritura pública ante un consulado colombiano; un poder general ante notario extranjero apostillado no sería aceptado bajo esa figura específica en Colombia. Para tu compra en Punta Cana, sin embargo, lo que necesitas es un poder especial dirigido a las autoridades dominicanas, así que este matiz aplica sobre todo si en algún momento gestionas también trámites en Colombia con ese mismo documento.
✔ 1. Redacción del poder especial, idealmente con la orientación de tu abogado en Punta Cana, detallando con precisión cada facultad que le otorgas a tu apoderado. ✔ 2. Firma ante notario colombiano, quien certifica la autenticidad del documento. ✔ 3. Apostilla, trámite necesario para que el documento tenga reconocimiento en República Dominicana. ✔ 4. Traducción certificada al español, si aplica (en el caso de Colombia, al ser ya un documento en español, este paso generalmente no es necesario). ✔ 5. Envío del original apostillado a tu abogado en RD, quien podrá actuar en tu nombre con plena validez legal desde ese momento.
Para operaciones de compraventa como esta, los poderes suelen aceptarse dentro de un rango de 6 meses a 1 año desde su otorgamiento, aunque siempre vale la pena confirmar el plazo exacto con tu abogado en RD según el cronograma estimado de tu compra, para evitar tener que renovarlo a mitad de proceso.
✔ Define con tu abogado en Punta Cana, antes de redactar el documento, exactamente qué facultades necesita tu apoderado: firma, registro, gestión de pagos, o el conjunto completo. ✔ Si tienes acceso fácil al Consulado dominicano en tu ciudad, esa vía suele simplificar el proceso frente a la ruta de notario colombiano más apostilla. ✔ Guarda copia digital certificada del documento una vez completado, para tener respaldo adicional durante todo el proceso.
Comprar desde Colombia sin viajar es completamente posible y seguro, siempre que el poder esté bien estructurado desde el inicio. Si estás evaluando una propiedad en Punta Cana y quieres que te acompañe en este proceso, escríbeme. Soy Yolanda Landínez y coordino con abogados de confianza para que tu compra a distancia se haga sin complicaciones: escríbeme por WhatsApp.
Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado especializado, quien debe redactar y validar el poder conforme a tu caso específico.